Pasos a seguir

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Son muchas las personas que llevan media vida sospechando que aquel bebé que le dijeron que había muerto en realidad se lo robaron y está vivo en algún lugar de España o incluso en el extranjero.

Poco a poco, se está consiguiendo que la justicia tome cartas en el asunto, pero para que los casos sean atendidos es necesario seguir una serie de pasos imprescindibles.

Si creemos que nos robaron un bebé y queremos encontrarlo:

  1. Lo primero es obtener la partida literal de nacimiento, los antecedentes de la partida de defunción y el certificado de defunción en caso de que el bebé viviera más de 24 horas. Si el bebé muriera antes de que pasaran 24 horas, hay que obtener el legajo de aborto. Esto puede pedirse en el Registro Civil o en la web del Ministerio de Justicia.
  2. El segundo paso es recopilar todos los datos posibles sobre el nacimiento y el parto (historia médica). En los archivos de los hospitales debe constar el día, la hora, el equipo médico que asistió a la madre, etc.
  3. El tercer paso es acudir al cementerio donde supuestamente esté enterrado y pedir una copia del libro de inhumaciones, para confirmar la fecha del sepelio y que el bebé esté enterrado allí.
  4. Si se observan anomalías podemos proceder a realizar la denuncia en un juzgado de guardia, en la fiscalía provincial o incluso en una comisaría. En estos casos las asociaciones recomendamos a los afectados que se pongan en contacto con nosotros para unir las denuncias individuales y así tener más fuerza.
  5. Confirmadas las sospechas debemos realizar una prueba de ADN.

Si creemos que fuimos bebés robados y queremos encontrar a nuestra familia biológica el procedimiento es muy similar.

Se considera apropiad@ o robad@, a la persona que tiene falsificada su partida de nacimiento, no figurando nada sobre adopción ni sobre posible madre que lo entregó. Si una persona tiene sospechas de que pueda ser apropiad@ o robad@, tendrá que:

  1. Solicitar una partida de ‘nacimiento literal’ al Registro Civil.
  2. En el Libro de Familia en el que está inscrit@, podrá leer el Registro Civil en el que se realizó la inscripción, el número de libro y el número de folio.
  3. Debe solicitar también el ‘legajo de nacimiento’ en el Registro Civil. Se ha de solicitar por escrito. Los registros civiles, suelen tener una instancia tipo para estos casos.
  4. En el legajo de nacimiento podemos encontrar el nombre del médico y/o la comadrona que atendió al parto. Podemos empezar la búsqueda por ahí y pedirle explicaciones al médico o a la comadrona si están vivos. Que hay documentación no significa que no fuese falseada.
  5. Cualquier negación a documentos ha de acreditarse con documentos, es decir, que lo den por escrito junto con el motivo a no darlo, que suele ser, incendio, inundación, que no era obligatorio guardarlos, etc.

Si, después de conseguir toda esta documentación se observan irregularidades, es hora de personarse ante la policía judicial o la fiscalía y denunciar.